UIF emite norma que incluye al sector: Resolución 16/2012


Cuando un cliente realice operaciones por un monto anual que alcance la suma de $ Arg 600.000 a partir de ahora se deberá tener acceso a documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria del mismo entre la que se incluye declaraciones juradas de impuestos; certificación extendida por contador indicando el origen de los fondos o documentación que acredite venta de bienes por importes suficientes para realizar la operación.

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